¿Sabía usted que podría perderse la declaración de quiebra de su deudor? La presentación de una solicitud de quiebra es un acontecimiento importante no solo para el deudor, sino también para sus acreedores.
El inicio del procedimiento de quiebra implica que, a partir de ese momento, el proceso de recuperación de la deuda se formaliza rigurosamente. Para que un acreedor recupere su dinero del deudor, debe completar los trámites correspondientes dentro del plazo legal establecido.
Es importante recordar que la recuperación de la deuda por parte del deudor no es un proceso automático y requiere una actuación adecuada por parte del acreedor.
Presentación de una reclamación en un procedimiento de quiebra: plazo
Si el tribunal aprueba la solicitud de quiebra, la información al respecto aparecerá en el Registro Nacional de Deudas .
A partir de ese momento, el acreedor personal del deudor en quiebra tiene 30 días para presentar su reclamación ante el administrador concursal encargado del procedimiento de quiebra.
¿Cuáles son las consecuencias de presentar una reclamación después de la fecha límite?
El hecho de que se haya superado el plazo para presentar una reclamación en un procedimiento de quiebra ante el administrador concursal no significa que el acreedor no pueda recuperar sus deudas.
Sin embargo, debe tener en cuenta que el incumplimiento de este plazo puede acarrear consecuencias.
- Reverificación. Presentar una reclamación después de la fecha límite requiere que el administrador concursal la revise , lo que puede prolongar todo el proceso.
- Costos . Además, a un acreedor que presente una reclamación después de que haya vencido el plazo se le cobrará una tarifa fija por los procedimientos de quiebra resultantes de la presentación .
- Exclusión del procedimiento. Existe otra consecuencia mucho más grave para el acreedor. El síndico puede decidir que es demasiado tarde para participar en el procedimiento de quiebra y, como resultado, el acreedor no recuperará el dinero del deudor en quiebra.
Presentar una reclamación después de la fecha límite: el pago se realizará en 2023.
La cuantía de la tasa que un acreedor debe pagar por exceder el plazo para presentar una reclamación en un procedimiento de quiebra está definida por ley.
El artículo 235 de la Ley de Quiebras trata este tema :
Art. 235. [Costes de las acciones dilatorias]
- El acreedor que haya presentado una reclamación después de vencido el plazo para presentar reclamaciones deberá asumir los costos fijos del procedimiento de quiebra resultante de dicha presentación, incluso si la demora no fue causada por su culpa, por un monto equivalente al 15% del salario mensual promedio en el sector empresarial, excluyendo las bonificaciones basadas en ganancias, en el tercer trimestre del año anterior, según lo anunciado por el Presidente de la Oficina Central de Estadística, a menos que la presentación de la reclamación después del plazo sea el resultado de que el síndico de quiebra corrija la declaración u otro documento similar que abarque el acuerdo.
- El síndico obliga al acreedor a pagar la suma global a la que se refiere el párrafo 1 en la cuenta bancaria indicada por el síndico dentro del plazo especificado.
En un comunicado, el Presidente de la Oficina Central de Estadística anunció que el salario mensual promedio en el sector empresarial, excluyendo las primas por beneficios, en el tercer trimestre de 2022 ascendió a 6.736,60 PLN.
Esto significa que la tasa por presentar una reclamación después del plazo límite en los procedimientos de quiebra es de 1.010,49 PLN .
¿Cómo no pasar por alto la quiebra de un deudor?
Para maximizar sus posibilidades de recuperar su dinero del deudor, debe estar atento y asegurarse de cumplir con el plazo para informar su reclamación al administrador concursal.
En este caso, es crucial saber cuándo nuestro deudor se declaró en bancarrota .
La herramienta básica para conocer la situación jurídica del deudor es el Registro Nacional de Deudas.
Registro Nacional de Personas Endeudadas

Gracias al buscador integrado en la página web, puedes encontrar datos básicos de los deudores sin necesidad de iniciar sesión en el sistema.
Sin embargo, el Registro Nacional de Personas Deudoras no es una herramienta perfecta.
Una de sus mayores desventajas (desde el punto de vista de los acreedores) es la imposibilidad de supervisar la situación de un deudor determinado y recibir notificaciones sobre su situación.
Si alguien quiere comprobar en el KRZ si una empresa o persona determinada se ha declarado en quiebra, debe hacerlo manualmente, es decir, introducir regularmente sus datos en el buscador para averiguar su situación.
Cuando hay, por ejemplo, cinco deudores, esto no supone un gran problema. La situación es completamente distinta cuando un bufete de abogados que representa a varias empresas debe gestionar simultáneamente los asuntos de decenas o incluso cientos de deudores.
Cabe destacar también que KRZ no ofrece funciones de búsqueda mediante API . Los creadores del sistema han anunciado planes para implementar esta funcionalidad, pero aún no se ha proporcionado una fecha exacta.
Lista de quiebras de MGBI
Si una empresa necesita supervisar la situación de varios deudores , es recomendable utilizar la Lista de Quiebras de MGBI .
Los datos que ofrece la herramienta incluyen:
- nombre y apellidos (en el caso de una persona física) o nombre (en el caso de una persona jurídica, por ejemplo, una empresa),
- lugar de residencia o domicilio social,
- Número PESEL o número de registro judicial nacional (KRS),
- Número de Identificación Fiscal (NIP),
La lista de quiebras de MGBI también incluye información sobre:
- si el deudor ha sido declarado en quiebra,
- si se han iniciado procedimientos de reestructuración (y en caso afirmativo, de qué tipo),
- ¿En qué fase se encuentran los procedimientos?.
En este sitio web, solo necesita proporcionar una lista de números NIP/PESEL/KRS/REGON una sola vez, y luego recibirá notificaciones periódicas en su dirección de correo electrónico sobre la situación actual de los deudores asociados a ellos.
La funcionalidad de la Lista de Quiebras de MGBI va más allá de las notificaciones por correo electrónico. Esta herramienta también ofrece la generación de informes en varios formatos de archivo ( Excel, CSV, XML, JSON, defBank ), que contienen información actual e histórica sobre los deudores.
Cuando un deudor presenta una solicitud de quiebra o reestructuración, la Lista de Quiebras de MGBI le permite supervisar el curso de dichos procedimientos para que pueda reaccionar de forma continua a las decisiones posteriores de los síndicos o a las resoluciones judiciales.
Es importante destacar que la herramienta recopila información de dos fuentes: el Monitor Judicial y Económico y el Registro Nacional de Registros.
Cabe destacar también que la Lista de Quiebras del MGBI ofrece, a diferencia del KRZ, una opción de búsqueda mediante API. Asimismo, se verifican los errores que ocasionalmente aparecen en el Registro Nacional de Deudores.
Presentación de una reclamación en un procedimiento de quiebra ante el Registro Nacional de Deudas
Un bufete de abogados puede encargarse del proceso de presentación de una reclamación, pero también puede hacerlo usted mismo en persona.
Todo el proceso es sencillo. Primero, inicie sesión en la KRZ, seleccione el número de solicitud correspondiente y complete los pasos necesarios.
la declaración de cuentas por cobrar a través del KRZ describimos el procedimiento paso a paso .
¿Cuánto cuesta presentar una reclamación ante el Registro Nacional de Ingresos?
Presentar una reclamación ante el Registro Nacional de Deudas no conlleva ningún coste .
Norbert Poddębski , abogado de MSN Legal Mazepus Szychowski Niedziałek, habló sobre el problema de presentar reclamaciones después del plazo límite
En los procedimientos concursales, el principio es que un acreedor personal de un deudor en quiebra que desee participar en dichos procedimientos debe, dentro del plazo estipulado en la orden de quiebra, presentar su reclamación al síndico concursal a través del sistema informático que respalda los procedimientos judiciales (en adelante, el "sistema KRZ"). Por lo tanto, el único y exclusivo medio para obtener la satisfacción de una reclamación personal de un deudor en quiebra es presentarla al síndico concursal a través del sistema KRZ. Cabe aclarar que la satisfacción del acreedor en los procedimientos concursales se logra mediante una división proporcional de los activos dentro de las categorías de satisfacción correspondientes. La participación del acreedor en el producto de la liquidación de los activos del deudor en quiebra se determina en función del monto de su reclamación, según lo establecido en la lista de reclamaciones aprobadas y asignado a una categoría de satisfacción específica. Por consiguiente, la presentación efectiva de una reclamación es crucial para los derechos del acreedor durante los procedimientos concursales y, a menudo, es el único medio para satisfacer sus reclamaciones contra el deudor.
Un acreedor también tiene derecho a presentar una reclamación si esta está garantizada por una hipoteca, prenda, prenda registrada, prenda del tesoro, hipoteca marítima o cualquier otra inscripción en el registro de la propiedad o en el registro de buques. Si el acreedor no presenta estas reclamaciones, el síndico las incluirá automáticamente en la lista de reclamaciones. La situación es similar para las deudas derivadas de una relación laboral. Esto significa que el síndico deberá tomar medidas para determinar el importe de la deuda con base en los registros del deudor.
El plazo para presentar reclamaciones se establece en la resolución de quiebra y es de 30 días a partir de la fecha de la declaración de quiebra en el registro. El registro es público y el acceso es totalmente gratuito. Todos los acreedores pueden acceder a él a través de la plataforma del sistema KRZ. La verificación de si un deudor se ha declarado en quiebra y cuándo lo ha hecho recae en los acreedores; por lo tanto, desde su perspectiva, es crucial monitorear constantemente la situación financiera de su contraparte y, a largo plazo, el tablón de anuncios disponible en el sistema KRZ. En este sentido, la Ley de Quiebras también impone ciertas obligaciones de divulgación al síndico que lleva a cabo el procedimiento concursal. El síndico está obligado a notificar inmediatamente la declaración de quiebra a aquellos acreedores cuyas direcciones conozca según los registros del deudor. En la práctica, estos suelen ser los acreedores indicados por el deudor en su solicitud de quiebra o en los documentos adjuntos. Es importante recordar que no todos los acreedores reales del deudor en quiebra serán identificados en todos los casos, ya que algunos podrían revelarse en una etapa posterior del procedimiento concursal, una vez que el síndico revise minuciosamente los registros del deudor. En cualquier caso, la gestión eficiente del síndico permite que la mayoría de los acreedores conozcan la situación jurídica de su deudor inmediatamente después de la declaración de quiebra y, por lo tanto, puedan tomar las medidas oportunas, como notificar sus reclamaciones al síndico dentro del plazo establecido.
Presentar una reclamación no conlleva ningún coste. Por lo tanto, generalmente es gratuito para el acreedor. Este procedimiento gratuito se aplica únicamente a los acreedores que presentaron sus reclamaciones dentro del plazo establecido en la resolución de quiebra. Presentar una reclamación fuera de plazo obliga al acreedor a abonar a la masa concursal el equivalente a los gastos fijos del procedimiento. Estos gastos, derivados de la presentación tardía de una reclamación, incluyen principalmente el trabajo adicional del síndico de la quiebra para elaborar una lista complementaria de reclamaciones, así como las diligencias probatorias realizadas por el síndico para determinar la existencia y el importe real de la reclamación presentada fuera de plazo.
Al recibir una reclamación extemporánea, el síndico solicitará al acreedor que regularice la deuda pendiente en un plazo de siete días, especificando el importe de la tasa solicitada y el número de cuenta bancaria de la masa concursal a la que debe efectuarse el pago. De no hacerlo, el síndico se verá obligado a emitir una orden para devolver la reclamación extemporánea. Una reclamación devuelta carece de efecto jurídico. Un acreedor cuya reclamación sea devuelta por el síndico por impagada generalmente no participará en el procedimiento, lo que significa que no recibirá fondos de la masa concursal del deudor. Si bien la reclamación contra el deudor en quiebra no caduca por no estar incluida en la lista de reclamaciones, cabe señalar que, tras la conclusión del procedimiento concursal, el empresario en quiebra es dado de baja del registro de empresarios, lo que equivale a la extinción de su personalidad jurídica. La obligación caduca entonces y el acreedor ya no puede exigirla efectivamente. En el caso de personas físicas, la entidad en cuestión aún existe, pero la imposibilidad de satisfacer el crédito no declarado por el acreedor puede resultar de la emisión por parte del tribunal de quiebras de una resolución para establecer y ejecutar un plan de pago o para cancelar pasivos sin establecer un plan de pago.
La obligación de pagar los gastos fijos del procedimiento concursal surge incluso si la demora no es imputable al acreedor. Por lo tanto, cabe imaginar una situación en la que el síndico concursal —incluso por error— no notifique a uno de los acreedores la declaración de quiebra del deudor. En tal caso, el acreedor que no verifique oportunamente la información en el tablón de anuncios del sistema KRZ y se entere de la declaración de quiebra del deudor una vez transcurrido el plazo para presentar la reclamación, incurrirá en mora. Lo mismo se aplica si la enfermedad prolongada del acreedor le impide presentar la reclamación dentro del plazo establecido, o si se encuentra en el extranjero durante dicho plazo. En cualquier caso, por consiguiente, el incumplimiento del plazo de presentación por parte del acreedor, incluso sin culpa propia, faculta al síndico concursal para exigir el pago de los gastos fijos del procedimiento. Estos costes equivalen al 15 % del salario mensual medio en el sector empresarial, sin incluir las primas por beneficios, correspondiente al tercer trimestre del año anterior, según anunció el Presidente de la Oficina Central de Estadística. La tasa actual (2023) es de 1010,49 PLN. Debido al constante aumento del salario mensual medio en el sector empresarial en los últimos años, el importe de las tasas fijas de los trámites también se incrementa continuamente. A modo de comparación, la tasa en 2022 fue de 882,45 PLN.
Un acreedor no puede solicitar el reembolso de los gastos incurridos en ninguna etapa del procedimiento concursal, independientemente de que su crédito figure en la lista o esté totalmente cubierto por dicho procedimiento. Por lo tanto, presentar una reclamación fuera de plazo, especialmente si el importe de la reclamación es inferior, igual o ligeramente superior a la tasa legal, puede generar una percepción de falta de rentabilidad en el procedimiento concursal e impedir la recuperación efectiva de sus deudas.
La única excepción a la obligación del acreedor de asumir los gastos derivados de la presentación tardía de una reclamación se da cuando la demora se debe a que el síndico de la quiebra corrige una declaración de impuestos u otro documento, impidiendo al acreedor presentar la reclamación. Esto se aplica particularmente a las solicitudes presentadas por la Seguridad Social (ZUS) y las autoridades tributarias, que, por razones obvias, no pueden presentar una solicitud efectiva antes de que el síndico de la quiebra corrija la declaración de impuestos.
Lo anterior indica claramente que es sumamente importante que los acreedores se aseguren de cumplir con el plazo para presentar reclamaciones, ya que excederlo no solo conlleva consecuencias financieras negativas para el acreedor, sino que, especialmente en caso de una demora prolongada, incluso puede impedirle recuperar fondos del patrimonio en quiebra.